No, sólo los sitios no
edificados ubicados en áreas urbanas están afectos a sobretasa, por lo que se
excluyen los sitios ubicados en zonas rurales y de extensión urbana.
Sin
perjuicio de lo anterior, la Circular
N° 60 del 2008 del SII imparte indicaciones para la revisión de sobretasa,
por ejemplo, un sitio quedará exento de sobretasa si presenta prohibición
municipal de edificar. |