PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Bienes Raíces | Sobre el avalúo o tasación de bienes raíces | Reavalúo | No agrícola | Reavalúo de Sitios No Edificados, Propiedades Abandonadas y Pozos Lastreros 2019 | Información General del Proceso de Reavalúo

 Pregunta   ID:   001.004.7266.002  Fecha de Creación:   14/12/2018

¿Quién define cuáles son los sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros y a cuáles de ellos se les cobra la sobretasa?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/05/2023

Con la entrada en vigencia de la Ley N° 21.078, sobre Transparencia del Mercado del Suelo e Impuesto al Aumento de Valor por Ampliación del Límite Urbano, son las municipalidades las que deben informar al SII la nómina de propiedades correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, ubicadas en las áreas urbanas de cada comuna.

De este grupo de propiedades, aquellas que se encuentren afectas, pagarán una sobretasa del 100% respecto de la tasa vigente del impuesto, con excepción de las que se encuentren ubicadas en las áreas de extensión urbana o urbanizables, y de las localizadas fuera de los límites del área geográficas donde se prestan los servicios públicos de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas.