Los procedimientos para reclamar son los
siguientes:
· Interponer un
Recurso de Reposición Administrativa ante el Servicio.
·
Reclamar en contra de los nuevos avalúos ante los Tribunales Tributarios y
Aduaneros (TTA), correspondientes a la jurisdicción territorial en la que se
ubica el bien raíz. Si se interpone un reclamo de
forma paralela en el TTA por las mismas causales, se dará por terminada la
tramitación del recurso de reposición.
Cabe señalar que los procedimientos
descritos anteriormente pueden ser iniciados una vez concluida la exhibición de
los roles de avalúos en las municipalidades respectivas.
Fuente:
artículos 123° bis y 149° del Código Tributario. |