PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Timbraje de documentos | Cuándo timbrar documentos

 Pregunta   ID:   001.011.2297.003  Fecha de Creación:   26/01/2005

¿Existe un plazo legal para timbrar documentos tributarios, una vez que se ha dado aviso de Inicio de Actividades?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   12/01/2016

No, la normativa legal vigente no fija un plazo legal para timbrar documentos tributarios, una vez que se ha dado aviso de Inicio de Actividades, ya que será el contribuyente y el tipo de actividad económica declarada ante el SII lo que determinará el plazo en que debe realizarse el timbraje de documentos y así cumplir con la obligación de emisión documentaria, dispuesta en el artículo 88 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario, y los artículos 52 al 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Ayuda, ¿Cómo se hace para?, Documentos tributarios, opción Timbrar documentos.