Se debe tener
presente que la Ley N° 20.727 de 2014, hace universal y obligatorio el uso de la
factura electrónica para todos los contribuyentes con actividad económica de
primera categoría, en reemplazo de los documentos físicos o de papel, según los
plazos que señala la mencionada Ley.
Respuesta anterior:
Para anular una factura se deben tener todos los ejemplares (original y copias) y colocar la palabra nula. Si se desea emitir una nueva factura de reemplazo, se debe indicar la siguiente leyenda: "Esta factura reemplaza la factura número xxx, de
fecha xxx".
|