Se debe tener presente que, en la actualidad, la mayoría
de los documentos tributarios deben ser emitidos en formato electrónico, salvo
las excepciones que contempla la ley.
Respuesta anterior:
En caso de pérdida de facturas u otros documentos tributarios, se debe dar aviso en la
oficina del SII correspondiente al domicilio del contribuyente en los diez días siguientes de ocurrido tal hecho, utilizando para ello el
Formulario 3238 Aviso-Informe Pérdida de Documentos. Además, se deberá realizar la correspondiente publicación en un diario de circulación nacional, por tres días
consecutivos, si se trata de talonarios completos o parciales de facturas, Facturas de
Compras, Guías de Despacho, Notas de Débitos, Notas de Créditos, Liquidaciones y
Liquidaciones Facturas autorizadas legalmente.
Este
trámite tambien puede ser realizardo por internet, desde el sitio web del SII,
sección Servicios online, Peticiones Administrativas y otras solicitudes,
Peticiones Administrativas, opción
Ingresar petición
administrativa.
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