Se debe tener
presente que la Ley N° 20.727 de 2014, hace universal y obligatorio el uso de la
factura electrónica para todos los contribuyentes con actividad económica de
primera categoría, en reemplazo de los documentos físicos o de papel, según los
plazos que señala la mencionada Ley.
Respuesta anterior:
El procedimiento para anular una factura de venta emitida sólo es procedente si el contribuyente cuenta con todos los ejemplares de las facturas que pretende anular. Se puede encontrar mayor información en el sitio web,
Oficio N° 1192 del
2001, en la opción Jurisprudencia administrativa, Impuesto al Valor Agregado.
Mientras, el procedimiento para dar aviso de pérdida de documentos lo encuentra en
el menú Peticiones administrativas y otras solicitudes, Ingresar petición
administrativa y otras solicitudes, opción "Pérdida de Documentos Tributarios".
|