Si una empresa constructora edifica un galpón a una empresa de comercio y exportación de chatarra , en su calidad de
"vendedor", tiene la obligación de emitir la factura respectiva, recargando el Impuesto al Valor Agregado (IVA), por tratarse de un hecho gravado especial, no existiendo normativa sobre
Cambio de Sujeto del IVA en este tipo de contrato, y conforme a lo establecido en los
artículos 2, N° 3, 8, letra e), y 55 de la
Ley sobre Impuesto a las Ventas y
Servicios.
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