No, la factura debe emitirse en aquellas operaciones que se realicen con otros vendedores o prestadores de servicios. En las restantes situaciones, deberán ser emitidas boletas.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del SII, menú Normativa y Legislación, Legislación tributaria y convenios
internacionales, Legislación tributaria básica, opción Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. |