PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Libros contables y tributarios | Libros de contabilidad auxiliares | Libro de compras y ventas

 Pregunta   ID:   001.012.1835.008  Fecha de Creación:   22/09/2004

¿Qué documentación tributaria debe mantenerse, obligadamente, en una sucursal que tiene ventas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   24/11/2022

A contar del 01 de Agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas, como también de enviar la Información Electrónica de Compras y Ventas para los contribuyentes que están autorizados como emisores electrónicos.
Así mismo, estarán eximidos de llevar el Libro de Compras y Ventas los contribuyentes no sujetos al sistema de facturación electrónica, o que emitan otro tipo de documentos tributarios electrónicos que no requieren ser enviados al Servicio de Impuestos Internos, tales como boletas, vouchers u otros, siempre que la información relativa a sus ventas y prestaciones de servicios, la complementen en el Registro de Ventas informando los Resúmenes correspondientes.

Respuesta anterior:

Por lo general, la documentación tributaria que debe mantenerse obligadamente en una sucursal que tiene ventas es toda aquella propia y de uso corriente en la empresa, sobre todo el Libro de Compra y Ventas, boletas, guías de despacho, facturas, notas de débito, notas de crédito, según lo dispuesto, expresamente, en los artículos 52 al 63 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Legislación tributaria básica, especialmente en el Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario.