PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Facturas | Factura de Venta | Emisión y corrección

 Pregunta   ID:   001.012.1943.006  Fecha de Creación:   11/11/2004

¿Si una Sociedad de Profesionales arrienda un box de consultas, el arriendo está afecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), cómo lo documenta y declara?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   14/12/2022

El arriendo de un box de consultas por parte de una Sociedad de Profesionales, en la medida que se arriende amoblado, configura el hecho gravado con IVA. En tal caso, se deberá emitir una factura y declarar el IVA mediante el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo, según lo establece en los artículos 8, letra g), 52 y 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Por otra parte, para los efectos de los Impuestos a la Renta, los ingresos por arrendamiento se clasifican en la primera categoría, según lo dispone el artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia Administrativa, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, opción Oficio N° 6176, de 2003.