PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Mérito ejecutivo de la tercera copia de la factura | Mérito ejecutivo de la factura en papel

 Pregunta   ID:   001.012.2123.007  Fecha de Creación:   23/12/2004

¿Según la legislación tributaria, existe un plazo máximo para exigir el pago de una factura?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   22/12/2021

No, la legislación tributaria vigente no establece ningún plazo máximo para exigir el pago de una factura.

Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Ley N° 19.983 de 2004, se regula la transferencia y se otorga mérito ejecutivo a la tercera copia obligatoria de factura que crea dicha ley.

Esta nueva copia de factura obligatoria al tener “mérito ejecutivo”, significará, principalmente:

  • Fortalecer y facilitar las acciones de cobro del pago implícito en ella.

  • Cederla en dominio o en cobranza a un tercero como una forma de hacer caja antes del vencimiento del estado de pago que consigna dicho documento tributario.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección servicio online, Factura electrónica, Sistema de factuaración gratuito del SII, opción Ayudas