Una empresa exportadora, con montos consignados en las Notas de Crédito emitidas
que exceden el valor de sus exportaciones, no debe registrar valor alguno
en el Formulario 29, código 20,
línea 1, considerando que en éste se entrega un dato meramente informativo, sin perjuicio de indicar la cantidad de documentos emitidos en el código 585 de la misma línea, en la forma
contenida en las instrucciones
para llenar el Formulario 29,
Circular N°
69 de 2008.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos
mensuales, opción Declaración mensual (F29),
Ayudas.
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