PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boletas de honorarios | Boletas de honorarios en papel | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.2273.008  Fecha de Creación:   20/01/2005

¿Una persona que no da aviso de Inicio de Actividades, por realizar servicios durante menos de un mes, puede liberarse de emitir Boletas de Honorarios?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   18/01/2023

Sí, una persona que no da aviso de Inicio de Actividades por realizar servicios durante menos de un mes puede liberarse de emitir Boletas de Honorarios, siempre y cuando la empresa beneficiaria del servicio esté habilitada para emitir Boletas de Prestación de Servicios de Terceros, según las condiciones que se detallan en la Resolución Exenta N° 551, de 1975.

Se deja en claro que la normativa general dispone la obligación de dar aviso de Inicio de Actividades y de timbrar documentación tributaria por parte de las personas que inicien negocios o labores susceptibles de producir rentas gravadas en la primera y segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, independiente del período que estas rentas abarquen, según lo dispuesto en el artículo 68 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Seccion Servicios online, RUT e inicio de actividades, Inicio de actividades, Ayudas, opción ¿cómo se hace para...?, Iniciar actividad de personas naturales y jurídicas.