PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.2338.004  Fecha de Creación:   03/02/2005

¿Cuándo debe ser emitido un documento tributario en los restaurantes o establecimientos que venden bebidas y alimentos que son consumidos en el mismo local?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   19/01/2023

El momento en que debe ser emitida la boleta, guía de despacho o factura correspondiente en los restaurantes o establecimientos que venden bebidas y alimentos que son consumidos en el mismo local, es antes de efectuar el cobro respectivo, o bien de manera simultánea al realizar la venta. Si estos contribuyentes, por cualquier motivo, no realizan la emisión documentaria al terminar el consumo de los alimentos y/o bebidas, los documentos respectivos deberán otorgarse, de manera obligatoria, antes de que el cliente se retire del establecimiento.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución Exenta N° 58, de 2003.