La fecha que debe consignarse en una Factura de Venta que anula a una factura emitida en un mes anterior, y en la
que se mantiene el monto facturado, debe corresponderse con la fecha de la operación facturada
en el documento anulado. Puede obtener mayor información relativa
a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción
Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, específicamente en los artículos 52 al 56.
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