PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.2436.005  Fecha de Creación:   22/02/2005

¿Un contribuyente minorista debe emitir boletas por las ventas de cigarros, cigarrillos y tabacos manufacturados a sus consumidores?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   20/01/2023

No, un contribuyente minorista no debe emitir boletas por las ventas de cigarros, cigarrillos y tabacos manufacturados a sus consumidores, por ser la empresa fabricante o importadora la que retiene y paga el impuesto al fisco, según lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 22, de 2007, y en la Resolución Exenta N° 1110, de 1978.

Sin embargo, dicho contribuyente minorista podrá solicitar al SII que se le excepcione del sistema de retención del impuesto establecido en la Resolución Exenta N° 22 citada, y en cuyo caso quedará sometido a todas las obligaciones que al respecto establece el Decreto Ley N° 825, de 1974, incluyendo la obligación de emitir boletas y facturas por las operaciones que realice.