PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.2523.005  Fecha de Creación:   16/03/2005

¿Qué documento debe ser emitido por la prestación y utilización de servicios en el extranjero?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   03/01/2022

El documento que debe ser emitido por los servicios prestados y utilizados en el extranjero corresponde a la Factura de Ventas y Servicios no afectos o exentos de IVA, o bien a la Boleta de Ventas y Servicios no afectos o exentos de IVA, según corresponda, considerando que no se gravan con dicho impuesto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular N° 111, de 1975. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la Resolución Exenta N° 6080, de 1999.

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