PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Libros contables y tributarios | Libros de contabilidad principal | Libro caja, diario y mayor

 Pregunta   ID:   001.012.2935.004  Fecha de Creación:   11/05/2005

¿Los contribuyentes de segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta están obligados a llevar libros contables?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   25/01/2023

Estos contribuyentes estarán obligados a llevar libros contables, sólo en la medida que lo disponga, expresamente, el artículo 68° de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Esta misma norma legal hace las siguientes diferenciaciones:

  • Los contribuyentes que sean Sociedades de Profesionales deben llevar contabilidad completa.

  • Las personas naturales que opten por declarar en base a ingresos y gastos efectivos, sólo deben llevar un libro de entradas y gastos, en el que se practicará un resumen anual de dichos conceptos.

  • En el caso de las personas naturales, que opten por declarar sobre la base de ingresos efectivos y gastos presuntos, no tendrán obligación de llevar libro alguno.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, Circulares, opción Circular Nº 21, de 1991.