PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Mérito ejecutivo de la tercera copia de la factura | Cesión de la factura | Cesión

 Pregunta   ID:   001.012.3053.004  Fecha de Creación:   24/05/2005

¿Una Factura Electrónica cedida, mediante entrega de representaciones impresas, podrá ser cedida a futuro a través del Archivo Electrónico de Cesión y anotada en el Registro Público?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/02/2023

Se informa que a partir del 1 de diciembre de 2007 las Facturas Electrónicas, Facturas Exentas o No Afectas Electrónicas, Facturas de Compra Electrónicas y Liquidaciones Factura Electrónicas, sólo podrán ser cedidas mediante la incorporación de dichas operaciones en el Registro Electrónico de Cesión de Créditos, disponible actualmente en el sitio Web del SII, sección Servicios online, Factura electrónica, Sistema de facturación de mercado, quedando sin efecto la posibilidad de ceder estos documentos electrónicos por otra vía.

No, cedido el crédito contenido en una Factura Electrónica de acuerdo a este procedimiento, las eventuales futuras cesiones sólo podrán efectuarse de la misma forma; es decir, usando la misma representación impresa firmada en el anverso por el cedente. Estas cesiones del crédito deberán ser puestas en conocimiento del deudor de la factura mediante notificación notarial.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, opción Normativa Relacionada.