Ley N° 21.242, de junio de 2020, estableció la
obligatoriedad en la emisión de boletas de honorarios electrónicas, a partir del
1 de enero de 2021 para aquellos contribuyentes que hayan emitido este
documento tributario en formato electrónico hasta el 23 de junio de 2020, y a
partir del 1 de julio de 2021 para todos los demás casos.
Respuesta anterior: No, puesto que el monto máximo no está establecido en ninguna disposición legal y/o reglamentaria, por lo que estará en relación al tipo y al valor de mercado de la prestación.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular
Nº 21, de 1991.
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