No,
ya que conforme a la legislación vigente, las facturas deben emitirse en la
moneda de libre curso legal (peso), incluso aquellas que se originen en
operaciones efectuadas en moneda extranjera, conforme a lo instruido en la Circular
N° 12, de 1991.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección
Normativa y legislación, menú Legislación tributaria y convenios internacionales, opción Legislación tributaria básica,
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y su
Reglamento
de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, artículos 52 al 58,
y artículos 67 al 73.
|