PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.3288.005  Fecha de Creación:   29/07/2005

¿Una empresa que emite en su local comercial boletas por medio de máquinas registradoras, puntos de ventas o impresoras fiscales, autorizadas por el SII, puede emitir boletas manuales cuando vende en terreno?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   05/07/2022

Cabe señalar que la Resolución Exenta N° 108 de 2020, deja sin efecto a contar del día 1 de enero de 2021, para aquellos contribuyentes emisores de factura electrónica y el 1 de marzo de 2021, para aquellos contribuyentes que no tengan tal calidad, las instrucciones contenidas en las Resoluciones Exentas N° 6761 de 1998, N° 24 de 2002, N° 53 y N° 111 de 2004, relativas a las autorizaciones otorgadas para la utilización de máquinas registradoras, terminales de puntos de venta e impresoras fiscales, para la emisión de vales en reemplazo de las boletas de ventas y servicios y N° 48 de 2016 y N° 8 de 2018 sobre autorizaciones otorgadas para la utilización de vales electrónicos en reemplazo de las boletas de ventas y servicios.

Se recuerda, además, que para aquellos contribuyentes que actualmente son emisores de facturas electrónicas, la obligación de emitir boletas electrónicas o boletas no afectas o exentas electrónicas es a contar del 01 enero del año 2021. Para los contribuyentes que no emiten facturas electrónicas, la obligación comienza a contar del 01 de marzo de 2021.

Respuesta anterior:

Sí, ya que la emisión de vales mediante estas máquinas, autorizadas por el SII, es procedente sólo en el lugar en que están autorizadas para operar.