Téngase presente que la implementación del Registro de Compras y Ventas (RCV) es
válida a contar del 01 de Agosto de 2017, permitiendo que a contar del 01 de
Septiembre de 2017 el contribuyente pudiera acceder a la propuesta de IVA. Es
importante señalar que hasta el mes de Julio 2017, se debía proporcionar la Información
Electrónica de Compras y Ventas (IECV), obligación que correspondía cumplir todos
los meses a los contribuyentes autorizados a emitir documentos tributarios
electrónicos, y que para este último periodo tenían plazo para enviar al SII
hasta el 31 de Agosto de 2017.
Sí, las Facturas de
Exportación deben ser registradas en el Libro de Ventas. Los datos que deben señalarse
son los del cliente, el valor de la exportación (expresado en moneda nacional
al tipo de cambio de la fecha del conocimiento de embarque), entre otros, según
lo
dispuesto en el artículo 59 de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y en relación con el artículo 74
del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación,
Circulares y Resoluciones, opciones Circular
N° 38, de 1975,
Resolución N° 61 del 12 de Julio de 2017, Resolución
N° 68 de 2017, Circular
N° 4 de 2017 y Circular
N° 35 de 2017.
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