Sus características son las
siguientes, atendiendo, especialmente, lo instruido en la Resolución
Exenta N° 93, de 2005, y a otras normativas publicadas con respecto a los
Documentos Tributarios Electrónicos (DTE):
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La factura va
firmada digitalmente por el emisor.
-
La numeración es
autorizada vía Internet por el SII.
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Se debe enviar al
SII, vía Internet, un ejemplar de cada Factura de Exportación Electrónica que
el contribuyente emita.
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El cliente
extranjero puede consultar la validez y contenido del documento en
www.sii.cl, sección Servicios online, “Factura electrónica”, menú Sistema de facturación de mercado, opción
Consulta
de documentos tributarios electrónicos.
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Básicamente, tiene la misma estructura que la Factura Electrónica, pero incorpora información específica asociada a la exportación. Por ejemplo, permite ingresar montos en moneda nacional y extranjera, identificar el medio de transporte y la compañía transportista, los puertos de embarque y desembarque, la modalidad de venta, la cláusula de compra venta, el valor de la exportación según cláusula de venta, el valor del flete y seguro, la identificación de los bultos e indicar el tipo de cambio, entre
otros.
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Es más flexible y completa que la
Factura de Exportación
no Electrónica.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online,
Factura electrónica, menú Sistema de facturación de mercado, opción Ayudas, Más información,
Normativa
Factura Electrónica.
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