Se hace presente que con la obligación de emisión
electrónica de documentos, no debiera presentarse la situación tributaria
indicada, cómo tampoco la aplicación de norma sancionatoria.
Respuesta anterior:
No existe sanción por la forma en que se archiven los ejemplares de factura.
Sin embargo, en caso de anulación de la misma, es recomendable mantener los
ejemplares juntos para tenerlos disponibles en caso de que el SII los requiera.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú Normativa y legislación, opción artículo 97 del
Decreto
Ley N° 830 sobre Código
Tributario.
Además en la sección Servicios online,
Menú Factura
electrónica.
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