PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.3540.003  Fecha de Creación:   21/10/2005

¿Cómo deben cumplir con la emisión documentaria las empresas organizadoras o productoras de espectáculos, que encarguen a otras empresas, autorizadas por el SII, la venta de entradas para el ingreso a espectáculos públicos y reuniones pagadas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   06/12/2022

Las empresas organizadoras o productoras de espectáculos, que encarguen a otras empresas, autorizadas por el SII, la venta de entradas para el ingreso a espectáculos públicos y reuniones pagadas, deben emitir la documentaria respectiva, cumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios dispuestos en los artículos 52 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, concordados con los artículos 68 y siguientes del Reglamento de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Si es que optan también por encomendarles a dichas otras empresas que, en su nombre y representación, emitan las boletas de servicios correspondientes, deberá hacerse en la forma y requisitos indicados en la Resolución Exenta Nº 5028, de 1998.