PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Facturas | Factura de Venta | Emisión y corrección

 Pregunta   ID:   001.012.3561.005  Fecha de Creación:   24/10/2005

¿Se deben emitir sin Impuesto al Valor Agregado (IVA) las Notas de Crédito por devolución de mercadería, posterior al plazo de 3 meses contados desde la entrega material de las especies?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   06/12/2022

No, la Nota de Crédito se debe emitir con IVA y el vendedor no puede deducirlo en la determinación del débito fiscal del período tributario en que se emita el documento, según lo dispuesto en los artículos 20, 21, 22 y 57 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.