Los beneficios de la
Factura de Compra Electrónica son los siguientes:
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Los agentes retenedores de IVA, que tengan la obligación de presentar la
Declaración Jurada sobre Informe Mensual Retenedores Cambios de
Sujeto (F3500), podrán eximirse de esta obligación en aquellos
periodos mensuales completos en los cuales se encuentren
operando como emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, y
copulativamente, hubiesen documentado todas sus transacciones
asociadas al producto en el cual tienen la calidad de agentes
retenedores, por medio de Documentos Tributarios Electrónicos.
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La Factura de Compra Electrónica, posee fecha de vigencia ilimitada.
Puede obtener mayor información relativa a este
tema en el sitio Web del SII, Normativa y Legislación, Resoluciones:
Resolución Ex. N°39 de 2008 y
Resolución Ex. N°185 de 2010.
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