Un Código de Autorización de
Libros (CAL) se puede obtener a través de dos medios alternativos:
- Directamente, en el sitio Web
del SII, efectuando las pruebas de formato que el SII ha
establecido.
-
Por intermedio de una empresa
de software que, previamente, ha obtenido la certificación de los
respectivos archivos y obtenido CAL. En este caso, la empresa endosa al
contribuyente el CAL, agregando la identificación de éste y firma
electrónicamente dicha información. A través de este endoso, el
distribuidor se hace corresponsable de la emisión correcta de los
respectivos Libros Contables Electrónicos.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en
el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 150, de 2005. |