¿El contribuyente que se ha incorporado al modelo de operación de Libros Contables Electrónicos, puede solicitar el almacenaje de los libros contables para fines tributarios, en un medio digital, respecto de períodos anteriores al existente, previo a la entrada en vigencia de este modelo?
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Sí, opcionalmente, el contribuyente o su representante, en
caso de personas jurídicas, podrá solicitar que se extienda la autorización de
almacenar los libros contables, para fines tributarios, en un medio digital,
respecto de períodos anteriores a la entrada en vigencia (año comercial a partir del cual generará
los Libros Contables Electrónicos en el formato establecido por el SII). En caso
de que el SII autorice la extensión
de la autorización, el contribuyente podrá transformar los libros de los
respectivos períodos al formato actual vigente de los Libros Contables
Electrónicos.
Para proceder
a la transformación será requisito que el contribuyente haya mantenido un sistema
de contabilidad en hojas sueltas en los períodos respectivos, que se efectúe
para años comerciales consecutivos y completos, y que comprenda, al menos, a los
Libros Diario y Mayor.
Se
considerará que los Libros Contables Electrónicos de estos períodos anteriores,
reemplazan, para fines tributarios, a los libros en papel, una vez que el SII haya recibido los
comprobantes de cierre de ellos, balances y diccionarios correspondientes a esos períodos.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 150, de 2005. |