Cuando un contribuyente es
autorizado para acogerse al modelo de Contabilidad Electrónica debe enviar
anualmente al SII, como máximo hasta el 30 de abril del año siguiente, la
siguiente información:
Balance
Diccionario
Comprobante de Cierre del Libro Diario
Comprobante de Cierre del Libro Mayor
Estos archivos se deben
incorporar en el llamado "Envío Obligatorio". El formato del
"Envío Obligatorio", así como el del Balance, Diccionario y los
Comprobantes de Cierre se pueden consultar en Información
técnica y formatos de Libros Contables Electrónicos.
Puede
consultar mayor información en el sitio web sii.cl, sección Servicios online,
menú Libros contables
electrónicos.
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