Debe emitir facturas,
guías de despacho o
boletas, según corresponda, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 53 y 55 de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación,
Circulares, opción Circular
N° 103, de 1979.
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