Debe tener presente que la Ley N° 20.727,
de 2014, establece el uso obligatorio de la factura en formato electrónico, para
emitir este tipo de documento el contribuyente debe estar autorizado como
facturador electrónico y de esta forma podrá operar: mediante el Sistema de
Facturación Gratuito SII para lo cual requerirá inscribirse previamente o bien
optar por otro software disponible en el mercado para lo cual requerirá pasar
por un proceso de certificación.
Puede obtener
mayor información en el sitio web del SII, sección Serviciós Online, opción
Factura electrónica.
Respuesta anterior:
En esta situación el
contribuyente debe presentar el Formulario
4418, de Declaración Jurada Verificación
de Actividad para obtener timbraje de documentos que dan derecho a Crédito Fiscal
de IVA, en la sección RIAC del SII, correspondiente a su domicilio comercial.
Una vez realizada esta verificación por el funcionario del SII, se le
comunicará al contribuyente su resultado y si procede timbrar facturas, sin perjuicio que pueda intentar hacerlo con la modalidad por internet. |