Sí, pues de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 55 de la
Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios los vendedores y prestadores de servicios deben emitir una
guía de despacho para efectuar el traslado de bienes corporales muebles, incluso en
aquellos casos en que los traslados no importen venta.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación,
Circulares, opción Circular
N° 103, de 1979.
|