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 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boletas de honorarios | Rentas por Honorarios y Cotizaciones Previsionales

 Pregunta   ID:   001.012.6189.012  Fecha de Creación:   04/01/2012

¿Dónde y desde cuándo se puede Manifestar la voluntad de no cotizar como trabajador independiente?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   30/01/2023

Cabe señalar que la manifestación de no cotizar debía realizarse cada año, hasta el año tributario 2018, por las rentas percibidas el año 2017.

La Voluntad de no Cotizar como trabajador Independiente, debía hacerse anualmente a través del sitio web del SII, sección Servicios online, Boletas de honorarios electrónicas, menú Cotizaciones previsionales, opción Enviar o anular declaración jurada renuncia a cotizar

El plazo para expresar la voluntad de no efectuar cotizaciones previsionales era el siguiente:

a) Si declara renta: debe realizarla antes de la presentación del Formulario 22 “Impuestos Anuales a la Renta”, dentro del plazo, en el año tributario respectivo. Si ya presentó la declaración de Renta y olvidó renunciar a cotizar, puede hacerlo hasta el 25 de abril, en conjunto con reemplazar la Declaración de Impuesto a la Renta (F22).

b) Si tiene renta y no está obligado a presentar Declaración Anual: hasta el 30 de abril de cada año tributario. La renuncia rige antes de presentar la declaración, en el plazo señalado. Si ya presentó la declaración de Renta y olvidó renunciar a cotizar, puede hacerlo hasta el 25 de abril, en conjunto con reemplazar la Declaración de Impuesto a la Renta (F22).

El plazo para reemplazar, regía solamente para las Declaraciones de Renta sin pago.

Debe tenerse presente que la ley N° 21.133, publicada el 2 de febrero de 2019, establece un nuevo mecanismo obligatorio y gradual de cotización para incorporar a los trabajadores que emiten boletas de honorarios a los regímenes de Protección Social, contemplando incluso una alternativa de cotización inicial menor, para quienes no puedan destinar el total de su devolución de impuestos a los pagos previsionales.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, Boletas de honorarios electrónicas, menú Cotizaciones previsionales.

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