No es posible que el SII entregue archivos de DTEs o IECVs, debido a que, como se señala en la Resolución Exenta SII N° 45, del año 2003:
“El Servicio de Impuestos Internos almacenará el documento electrónico recibido sólo para fines de fiscalización y verificación. En consecuencia, no otorgará copias de los documentos almacenados ni entregará información a terceros para otros fines, salvo que éstos sean solicitados por los Tribunales de Justicia, la Contraloría General de la República, el Ministerio Público u otros organismos autorizados para ello.”
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