PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Emisión

 Pregunta   ID:   001.012.6292.005  Fecha de Creación:   16/08/2012

¿Cómo registro en mi libro de ventas las transacciones realizadas con los comprobantes de ventas entregados al usar las tarjetas de débito y crédito, que reemplazan las boletas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   17/03/2021

A contar del 01 de Agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas, como también de enviar la Información Electrónica de Compras y Ventas para los contribuyentes que están autorizados como emisores electrónicos.

Así mismo, estarán eximidos de llevar el Libro de Compras y Ventas los contribuyentes no sujetos al sistema de facturación electrónica, o que emitan otro tipo de documentos tributarios electrónicos que no requieren ser enviados al Servicio de Impuestos Internos, tales como boletas, vouchers u otros, siempre que la información relativa a sus ventas y prestaciones de servicios, la complementen en el Registro de Ventas informando los Resúmenes correspondientes.

En el libro de ventas deben registrarse de manera similar que las boletas de ventas y servicios, diferenciando claramente en el libro los impuestos que pertenecen a estos.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resolución Ex. N° 5, de 2015, modificada por la Resolución 55 de 2015.

Adicionalmente la nómina de los contribuyentes autorizados a reemplazar la boleta de ventas y servicios con el comprobante de venta, emitido al pagar con tarjeta de crédito y débito, puede encontrarla ingresando al menú Situación Tributaria, sección Consultas y solicitudes, opción Nómina de contribuyentes autorizados a reemplazar la emisión de boletas por comprobantes de pago electrónicos.