Sí es posible, ya que no existe impedimento para hacerlo. Para ello, la Factura
(papel) que se otorgue deberá referenciar a la Guía de Despacho Electrónica, e
indicar el folio y la fecha de la misma.
Se recuerda que una vez que esté obligado a emitir documentos electrónicos según Ley N°20.727 de obligatoriedad de Factura Electrónica esto no será posible, pues deberá facturar la guía de despacho electrónica con una factura electrónica.
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