La obligación de emitir facturas y los otros documentos electrónicos señalados,
entrará en vigencia dependiendo de los Ingresos anuales por ventas y servicios
de las Empresas en el último año calendario y si su ubicación es urbana o rural.
El Servicio ha calificado el ingreso gradual de los contribuyentes, como Etapa
1, 2 y 3, según el siguiente cuadro:
Calendario de Ingreso de los Contribuyentes a Facturación Electrónica
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Etapas
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Tamaño
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Ingresos anuales por ventas y servicios (1)
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Ubicación Geográfica
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Plazo
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Fecha
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Etapa 1
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Empresas calificadas Etapa 1
Grandes Empresas (2)
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100.000 UF y más
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Urbana o Rural
(sin distinción)
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9 meses
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1 de noviembre de 2014
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Etapa 2
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Empresas calificadas para Etapas 2 y 3.
Empresa de Menor Tamaño (EMT)(3)
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2.400 UF a 100.000
UF
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Urbana
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30 meses
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1 de agosto de 2016
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Rural
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36 meses
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1 de febrero de 2017
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Etapa 3
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2.400 UF y menos
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Urbana
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36 meses
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1 de febrero de 2017
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Rural
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48 meses
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1 de febrero de 2018
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(1) Ingresos anuales por
ventas y servicios en el último año calendario, Ley 20.416 de 2010.
(2) Mayoritariamente Grandes Empresas. Hay empresas de otros segmentos.
(3) Ley N° 20.780 del 29.09.14, modifica los plazos de EMT.
Valor UF al 31 de enero de 2014: $ 23.435.
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