El Software que cada Institución implemente, sea propio o el dispuesto por el
SII, debe al menos poder dar acuses de recibo establecidos en la ley, el SII ha
dispuesto de un formato estándar para el intercambio de estos acuses de recibo,
pero el cómo se genere es propio de cada software. Para más ayuda ver
Guía para la Elección de una Solución de Factura Electrónica.
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