PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Facturas | Factura Electrónica | Registro de Compras y Ventas (RCV)

 Pregunta   ID:   001.012.6976.002  Fecha de Creación:   28/07/2017

¿Se considera el acuse de recibo para registrar una factura en el Registro de Compras (RC)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/09/2017

Si, el Registro de Compras considerará las facturas del período en que se otorga o se entienda otorgado el recibo de mercaderías entregadas o servicios prestados, según lo informado por el comprador en el Registro de Aceptación o Reclamos, de nuestro sitio web. Si no es otorgado dicho acuse de recibo y no ha sido reclamado, transcurrido el plazo de 8 días corridos desde la recepción de la factura electrónica en el SII, se asignará automáticamente al período en que se entienda otorgado dicho acuse de recibo. Cabe señalar que si la factura fue reclamada dentro del plazo de 8 días este se asignará automáticamente a la sección Reclamadas, sin que pueda ser asignada a otra sección del RC.

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, donde encontrará la Resolución N° 61 de 2017, Resolución N° 68 de 2017,  Circular N° 4 de 2017 y Circular N° 35 de 2017.