No, los documentos
tributarios electrónicos válidos son solo aquellos que han sido recibidos
correctamente por el SII, y que están disponibles para ser consultados en su
sitio web sii.cl, además de ser registrado en el Registro de Ventas del Vendedor
como en el Registro de Compras del Comprador o Beneficiario del servicio.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y
Legislación, donde encontrará la
Resolución N° 61 de 2017,
Resolución N°
68 de 2017,
Circular N° 4 de 2017 y
Circular N° 35 de 2017.
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