En el caso del emisor, el DTE emitido será registrado en su Registro de Ventas y
deberá emitir una Nota de Crédito asociada a la factura reclamada. En caso de
corresponder deberá emitir una nueva factura por la operación efectuada.
Puede obtener mayor
información en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, donde
encontrará la Resolución
N° 61 del 12 de Julio de 2017,Circular
N° 4 de 2017 y Circular
N° 35 de 2017. |