Sí, es posible acceder por Internet a una condonación de multas e intereses. La
condonación opera en forma automática al efectuar un pago en línea; vale decir,
el contribuyente sólo debe declarar a través de la Oficina Virtual del SII y
automáticamente le será calculada la condonación, siempre que dicho
contribuyente no tenga observación pendiente de aclaración con la Institución.
Para esos efectos usted debe ingresar al menú
Impuestos Mensuales,
opción Consultar y pagar giros, ingresar al Mi SII con su clave secreta, con lo
cual entrará a su información tributaria que le permitirá ejecutar la aplicación
Consultar y pagar giros.
La nueva Política de Condonación, que comenzó a regir a contar del 01 de octubre
2015, contiene los siguientes aspectos principales que deben tener en
consideración los contribuyentes:
1.- El Servicio de Impuestos Internos, por el período comprendido entre el
01-10-2015 y el 29-02-2016, podrán otorgar una condonación de los intereses y
multas que acceden a base de impuestos, de un 70% como tasa única por pago al
contado de la deuda tributaria, sin considerar el canal de pago que utilice el
contribuyente ni la antigüedad de la deuda.
2.- Con igual tasa de condonación del 70% se pueden beneficiar los giros de
multa fija que no acceden a base de impuestos, rebaja que sólo la puede otorgar
el Servicio, por el período comprendido entre el 01-10-2015 y el 29-02-2016.
3.- A contar del 01-03-2016 rige plenamente la Política de Condonación,
estableciendo tasas diferenciadas según tramo de antigüedad de la deuda y el
canal de pagos que utilice el contribuyente; esto es, Pago Presencial y Pago por
Internet, conforme se indica:
Tramo Antigüedad Deuda
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Procedimiento de Pago Condonación Presencial
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Procedimiento de Pago Condonación Internet
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Mes 1 a mes 3
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60%
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70%
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Mes 4 a Mes 12
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50%
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60%
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Mes 13 a Mes 24
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50%
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55%
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Mayor a 24 meses
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40%
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50%
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Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación,
donde se encuentra,
Circular N° 50 del 2016, y
Resolución N° 72 del 2016.
Además en la sección Ayuda, menú
"¿Cómo se hace para...?", opción
Solicitar condonaciones,
y
Pagar impuestos por internet.
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