Sí, ya que los contribuyentes pueden solicitar la restitución de sumas pagadas indebidamente o
en exceso a título de impuestos,
reajustes, intereses y multas, según lo
dispone el Artículo 126 del Código Tributario,
sin distinguir si se trata de chilenos o extranjeros.
Cabe mencionar que la Tesorería General de la República es
el organismo encargado de emitir los cheques de devolución y que ese organismo
cuenta con normas establecidas para el envío y depósitos de cheques por lo que
este punto debe ser consultado directamente en dicho organismo. |