PREGUNTAS FRECUENTES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS


En esta página usted encontrará información referente a los distintos documentos tributarios que deben emitir los contribuyentes, como lo son por ejemplo las facturas, boletas de honorarios, guías de despacho, notas de débito y crédito, así como de preguntas referentes a los libros contables.
Documentos tributarios | Facturas | Factura Electrónica | Aspectos Generales | Definiciones | Factura Electrónica | Características

  • ¿Cómo deben ser conservados los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE)?
  • ¿Cuál es el propósito de la Factura Electrónica?
  • ¿Cuál debe ser el formato que debe tener una Factura Electrónica al imprimirse?
  • ¿Por cuánto tiempo deben ser almacenados los documentos tributarios electrónicos?
  • ¿Cuáles son las principales características de la Factura Electrónica y de otros documentos tributarios electrónicos?
  • ¿Con la Factura Electrónica desaparece la necesidad de imprimir los documentos tributarios?
  • ¿En qué tipo de archivo llega la Factura Electrónica?
  • ¿El SII facilita algún software a los contribuyentes para que emitan Facturas Electrónicas?
  • ¿Cuáles son las ventajas de la Factura Electrónica para los contribuyentes?
  • ¿La aplicación de Factura Electrónica está disponible para contribuyentes que deban emitir Factura Electrónica de Ventas y Servicios no Afectos o Exentos de IVA?
  • ¿Cómo puedo desafiliarme del sistema de facturación electrónica?
  • ¿A partir de qué fecha comenzará a regir la Resolución Ex. SII N° 52, de 2015, que establece nuevo requisito para facturas y guías de despacho, electrónicas o no electrónicas, emitidas por la venta de combustibles?
  • ¿Cuál es el nuevo requisito que deberán cumplir las facturas y guías de despacho, electrónicas o no electrónicas, emitidas por empresas expendedoras de combustibles a sus clientes?
  • ¿Las empresas expendedoras de combustibles, emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, dónde deberán registrar la patente del vehículo que está cargando combustible?
  • ¿Dónde deberán registrar la patente del vehículo del cliente que está cargando el combustible los contribuyentes expendedores de combustibles, emisores de Documentos Tributarios Electrónicos, que no tengan habilitado el campo Información Transporte Patent
  • ¿Qué plazo tendrán los facturadores electrónicos, para habilitar el campo Información Transporte Patente?
  • ¿En qué forma los facturadores electrónicos consignarán la patente del vehículo, durante el periodo de transición de un año que se estableció en la Resolución Ex. SII N° 52, de 2015, para habilitar el campo Información Transporte Patente?
  • ¿Qué sanciones se aplican a los contribuyentes expendedores de combustible al no cumplir con el nuevo requisito a las facturas y guía de despacho, electrónicas o no electrónicas, que señala la Resolución Ex. SII N° 52, de 2015?
  • ¿Al anotar la patente del vehículo en el que se está cargando el combustible en la guía de despacho, es necesario traspasarla después a la factura?