No, el Formulario 1811 no es para declarar las retenciones de honorarios
pagadas, no pagadas o giradas por el Servicio de Impuestos Internos.
Esta Declaración Jurada deben efectuarla las oficinas públicas o las personas
naturales o jurídicas, según corresponda, que efectuaron las retenciones de
impuestos a que se refieren los Artículos 73° y Artículo 74 ° N°6 de la Ley de
la Renta, sobre rentas pagadas por concepto de capitales mobiliarios por cuenta
propia o ajena y por las compras de minerales efectuadas a contribuyentes
mineros que declaren sus impuestos en base a renta presunta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
menú Declaraciones Juradas, submenú Declaraciones Juradas de Renta opción Ayudas
en Más información.
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