Sí, una retención de honorarios enterada al fisco en marzo de 2010 por
honorarios pagados en diciembre de 2009 debe ser informada en la Declaración
Jurada 1879 de Retenciones efectuadas por Rentas Pagadas de los arts. 42, N° 2,
y 48 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, ya que deben ser informadas todas las
retenciones efectuadas el 2009, independiente de su fecha de pago.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del
SII, menú Declaraciones Juradas, opción Información y ayuda.
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