PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Conozca sobre Factura Electrónica | Ley N° 20.727, obligatoriedad de Factura Electrónica

 Pregunta   ID:   001.003.0891.009  Fecha de Creación:   23/01/2004

Si estoy obligado a emitir facturas electrónicas, ¿Puedo conservar los documentos en papel, que tenía timbrados (autorizados), en el caso de necesitar emitir facturas en papel para eventuales cortes de luz u otras circunstancias?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   24/04/2024

No, no es posible utilizar los documentos en papel, independiente que estén autorizados o no por el SII. Tener presente que la Ley N°20.727 de 2014, hace universal y obligatorio el uso de la factura electrónica para todos los contribuyentes, (salvo las excepciones contempladas por ley) en reemplazo de los documentos físicos o de papel.

En caso de contingencia, podrá realizar la emisión de todas las facturas electrónicas una vez que se recupere el sistema o finalice la contingencia, teniendo la consideración de indicar la fecha de emisión en la cual se realizó la operación. También es posible realizar la emisión de los documentos tributarios electrónicos en modalidad Offline, siempre y cuando su solución de facturación electrónica lo contemple (el sistema gratuito del SII ofrece la funcionalidad de emitir Guías de Despacho Electrónica en esta modalidad).

Por último, se hace presente que los contribuyentes que estando obligados a emitir los documentos tributarios electrónicamente y que no hayan sido exceptuados por resolución del SII de esta obligación, deberán inutilizar los documentos tributarios en papel vigentes que no hayan emitido y que se encuentren timbrados.